Si, puedes solicitar la nacionalidad por motivos de residencia (NATURALIZACIÓN)
Requisitos:
Si, puedes solicitar la nacionalidad por motivos de residencia (NATURALIZACIÓN)
Requisitos:
Para solicitar la nacionalidad hay que:
Obtener una identidad SPID (Sistema Público de Identidad Digital). El pedido de SPID es gratuito y se solicita a través de los proveedores de identidad aprobados por el gobierno (https://www.agid.gov.it/it/piattaforme/spid). Para obtener el SPID necesitas de una dirección de correo electrónico; un numero de móvil italiano; un documento de identidad valido; una tarjeta sanitaria “tessera sanitaria” o una tarjeta de identificación fiscal italiana “codice fiscale”.
Acceder al portal http://www.libertaciviliimmigrazione.dlci.interno.gov.it/it/servizi-online a través del botón “Accedí con SPID”.
Rellenar el formulario online adjuntando:
Desde de este momento tiene que esperar la convocación por la “Prefettura”.
Si, puedes adquirir la nacionalidad italiana por matrimonio, independientemente del tipo de permiso de residencia que tienes (o si eres solicitante de asilo o titular de protección internacional).
Requisitos:
El derecho internacional define a un apátrida como «una persona que no es considerada como nacional suyo por ningún Estado conforme a su legislación». De forma más sencilla, esto quiere decir que una persona apátrida no tiene la nacionalidad de ningún país. Algunos apátridas son refugiados, aunque no todos los refugiados son apátridas y muchos apátridas nunca han cruzado la frontera.
En Italia, hay dos procedimientos para solicitar la condición de apátrida:
El procedimiento administrativo prevé el envió de una carta certificada al Ministerio de el Interior, adjuntando estos documentos:
Los documentos de Países extranjeros deben ser traducidos y legalizados.
El órgano competente procederá con la resolución solo en presencia de todos los documentos previstos por la ley.
Duración prevista del procedimiento: dos años.
En caso de denegación de la solicitud, puedes hacer el procedimiento judicial.
El procedimiento judicial se puede hacer solo en presencia de un/a abogado/a. Si no puedes pagarlo/a, en Italia hay el “gratuito patrocinio”, o sea el Estado se encarga de los gastos.
El/la abogado/a prepara el acta, que será transmitido a las “Sezioni specializzate in materia di immigrazione, protezione internazionale e libera circolazione dei cittadini dell’Unione europea” del Tribunal del lugar de residencia del solicitante.
La ley prevé la expedición del permiso de residencia a los solicitantes de la condición de apátrida, que ya han sido titulares de un permiso de residencia. Todavía, algunas comisarias, de acuerdo con la Convención de Nueva York y con las recomendaciones de ACNUR sobre la condición de apátrida, expiden el permiso de residencia también a los que no tienen este documento, siempre que puedan demostrar que el procedimiento es en curso
En Italia, con el reconocimiento de la condición de apátrida, la persona adquiere el derecho de acceso a: