FAQ - Frequently Asked Questions

Si, puedes solicitar la nacionalidad por motivos de residencia (NATURALIZACIÓN)

Requisitos:

  • Residencia de al menos cinco años en el territorio italiano;
  • Permiso de residencia que certifique el estatus de refugiado/a en vigor (o permiso de residencia expirado y recibo de la solicitud de renovación);
  • Copia del certificado del estatus de refugiado; 
  • Afidávit “atto notorio con autentica di firma” sin el sellado “marca da bollo”, expedido por el tribunal o por el ayuntamiento “Comune”, que sustituya el acta de nacimiento y el certificado de los antecedentes penales del País de origen;
  • Últimas tres declaraciones de impuestos.

Si, puedes solicitar la nacionalidad por motivos de residencia (NATURALIZACIÓN)

Requisitos:

  • Residencia de al menos diez años en el territorio italiano;
  • Permiso de residencia que certifique el estatus de refugiado/a en vigor (o permiso de residencia expirado y recibo de la solicitud de renovación);
  • Afidávit “atto notorio con autentica di firma” sin el sellado “marca da bollo”, expedido por el tribunal o por el ayuntamiento “Comune”, que sustituya el acta de nacimiento y el certificado de los antecedentes penales del País de origen;
  • Últimas tres declaraciones de impuestos.

Para solicitar la nacionalidad hay que:

Obtener una identidad SPID (Sistema Público de Identidad Digital). El pedido de SPID es gratuito y se solicita a través de los proveedores de identidad aprobados por el gobierno (https://www.agid.gov.it/it/piattaforme/spid). Para obtener el SPID necesitas de una dirección de correo electrónico; un numero de móvil italiano; un documento de identidad valido; una tarjeta sanitaria “tessera sanitaria” o una tarjeta de identificación fiscal italiana “codice fiscale”.

Acceder al portal http://www.libertaciviliimmigrazione.dlci.interno.gov.it/it/servizi-online  a través del botón “Accedí con SPID”.

Rellenar el formulario online adjuntando:

  • Documento de identidad;
  • Acta de nacimiento y certificado de los antecedentes penales del país de nacimiento;
  • Certificado de un adecuado conocimiento de la lengua italiana, no inferior al nivel B1;
  • Recibo de ingreso de 250,00 euros;
  • Referencia del sellado “marca da bollo” de 16,00 euros.

Desde de este momento tiene que esperar la convocación por la “Prefettura”.

Si, puedes adquirir la nacionalidad italiana por matrimonio, independientemente del tipo de permiso de residencia que tienes (o si eres solicitante de asilo o titular de protección internacional).

Requisitos:

  • Residencia de al menos dos años en el territorio italiano o tres años después de la fecha de matrimonio, si es residente en el extranjero.
    NOTA: Los citados plazos se reducen a la mitad en presencia de hijos nacidos o adoptados por los cónyuges.
  • Adecuado conocimiento de la lengua italiana, no inferior al nivel B1.

El derecho internacional define a un apátrida como «una persona que no es considerada como nacional suyo por ningún Estado conforme a su legislación». De forma más sencilla, esto quiere decir que una persona apátrida no tiene la nacionalidad de ningún país. Algunos apátridas son refugiados, aunque no todos los refugiados son apátridas y muchos apátridas nunca han cruzado la frontera.

  • Si la persona es hijo/a de apátridas o es imposible transmitir la nacionalidad;
  • La discriminación por raza, etnia, religión, idioma o género;
  • En caso de aparición de nuevos Estados o de modificación de las fronteras (por ejemplo, el URSS o la ex Yugoslavia);
  • Lagunas en la legislación en materia de nacionalidad.

En Italia, hay dos procedimientos para solicitar la condición de apátrida:

El procedimiento administrativo prevé el envió de una carta certificada al Ministerio de el Interior, adjuntando estos documentos:

  • Acta de nacimiento;
  • Documento de residencia y copia del permiso de residencia;
  • Documentaciones con datos y informaciones que demuestren la condición de apátrida (transmitidas también por la autoridad consular del País de origen o por el último País de residencia, que justifiquen la carencia de nacionalidad).

Los documentos de Países extranjeros deben ser traducidos y legalizados.

El órgano competente procederá con la resolución solo en presencia de todos los documentos previstos por la ley. 

Duración prevista del procedimiento: dos años. 

En caso de denegación de la solicitud, puedes hacer el procedimiento judicial.

El procedimiento judicial se puede hacer solo en presencia de un/a abogado/a. Si no puedes pagarlo/a, en Italia hay el “gratuito patrocinio”, o sea el Estado se encarga de los gastos.

El/la abogado/a prepara el acta, que será transmitido a las “Sezioni specializzate in materia di immigrazione, protezione internazionale e libera circolazione dei cittadini dell’Unione europea” del Tribunal del lugar de residencia del solicitante.

La ley prevé la expedición del permiso de residencia a los solicitantes de la condición de apátrida, que ya han sido titulares de un permiso de residencia. Todavía, algunas comisarias, de acuerdo con la Convención de Nueva York y con las recomendaciones de ACNUR sobre la condición de apátrida, expiden el permiso de residencia también a los que no tienen este documento, siempre que puedan demostrar que el procedimiento es en curso

En Italia, con el reconocimiento de la condición de apátrida, la persona adquiere el derecho de acceso    a:

  • la instrucción y a la jubilación;
  • un permiso de residencia por apátrida de cinco años;
  • título de viaje.
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